COMITÉ DE TRANSPARENCIA

 

FUNCIONES DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA

EL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DE CONFORMIDAD EN LO ESTIPULADO EN EL ARTÍCULO 68 DE LA LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA PARA EL ESTADO DE OAXACA TENDRÁ LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

I

  Instituir, coordinar y supervisar, en términos de las disposiciones aplicables, las acciones y procedimientos para asegurar la mayor eficacia en la gestión de las solicitudes en materia de acceso a la información;
 

II

  Confirmar, modificar o revocar las determinaciones que en materia de ampliación del plazo de respuesta, clasificación de la información o declaración de inexistencia o incompetencia realicen los titulares de las áreas de los sujetos obligados;
 

III

  Ordenar, en su caso, a las áreas competentes que generen la información que derivado de sus facultades, competencias y funciones deban tener en posesión, o que previa acreditación de la imposibilidad de su generación, expongan, de forma fundada y motivada las razones por las cuales en el caso particular no ejercieron dichas facultades, competencias o funciones;
 

IV

  Establecer políticas para facilitar la obtención de información y el ejercicio del derecho de acceso a la información;
 

V

  Promover la capacitación y actualización de los servidores públicos o integrantes de las Unidades de Transparencia;
 

VI

  Establecer programas de capacitación en materia de transparencia, acceso a la información, protección de datos personales, archivos, accesibilidad y gobierno abierto para todos los servidores públicos o integrantes del sujeto obligado;
 

VII

  Recabar y enviar al Instituto, de conformidad con los lineamientos que éste expida, los datos necesarios para la elaboración del informe anual;
 

VIII

  Solicitar y autorizar la ampliación del plazo de reserva de la información, a que se refiere el artículo 50 de la presente Ley, y
 

IX

  Las demás que se desprendan de la normatividad aplicable.