Comunicación Social

Aprueba Congreso Presupuesto de Egresos para municipios

Con el propósito de definir las fuentes de financiamiento de la hacienda pública para que los municipios de Oaxaca cuenten con finanzas sanas, la LXIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó el Presupuesto de Egresos de diversos municipios para el año 2018.

 En el presupuesto de Egresos se estipulan los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos, aportaciones de mejoras, fondos de aportaciones, convenios y demás fuentes de financiamiento de la hacienda pública de cada municipio.

 Los municipios cuyos Presupuestos de Egresos fueron aprobados por la Comisión Permanente de Presupuesto y Programación fueron San Jacinto Amilpas; Santa Lucía del Camino; Santa María Tlalixtac; Teococuilco de Marcos Pérez; Santo Domingo Zanatepec; San Miguel Tlacotepec; San Juan Cotzocón.

 De igual forma Yaxe; Putla de villa de Guerrero; San Mateo del Mar; San Pedro Huilotepec; San Lorenzo Cuaunecuiltla; Santa María Ixtlán; San Agustín Tlacotepec; San Esteban Atatlahuca; Cosolapa; San Idelfonso Villa Alta y Asunción Tlacolulita.

El Congreso del Estado también dictaminó improcedente autorizar la asignación de recursos al municipio de San Pedro Pochutla, Oaxaca, para que realice el pago de las obligaciones derivadas del laudo dictado en el expediente 143/2005, radicado en la Junta de Arbitraje para los empleados al servicio de los Poderes del Estado de Oaxaca.

Asimismo, se autorizó para que con sus recursos propios San Pedro Pochutla incluya en su presupuestos de egresos para el ejercicio fiscal 2018 y subsecuente, un monto por la cantidad de 2 millones 229 mil 788 pesos destinado exclusivamente al pago de las obligaciones derivadas del laudo dictado en el expediente 131/2005 a favor de un particular.

El Congreso del Estado declaró insubsistente el decreto 1293 emitido por la pasada 62 Legislatura y autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Pedro Ixcatlán, Tuxtepec Oaxaca para que incluya en su presupuesto de egresos para el Ejercicio Fiscal 2018 en la partida presupuestal denominada “sentencias y laudos” un monto por la cantidad de 427 mil 310 pesos con 84 centavos, cuya derogación será destinada exclusivamente para el pago de lo condonado en el laudo dictado en el expediente 13/2005 radicado en la Junta de Arbitraje para los Empleados al Servicio de los Poderes del Estado.

Eufrosina Cruz por los derechos de personas Indígenas  

Al considerar que la entidad tiene una composición multiétnica, la diputada Eufrosina Cruz Mendoza del Partido Acción Nacional (PAN), propuso una Iniciativa para garantizar el derecho de personas indígenas de recibir notificaciones en su lengua materna, en acciones políticas, jurídicas y administrativas, por lo que será el estado quien se hará cargo de la labor de traducción o interpretación. 

Con la reforma al artículo 13 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, se asegura el derecho de personas indígenas a que tengan una defensa adecuada y de pleno acceso a la jurisdicción del estado. 

Adriana Atristain pide acciones para el campo

Con la finalidad de contar con un campo más competitivo en la entidad, la diputada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Adriana Atristain Orozco, presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforma al artículo 3 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable del Estado de Oaxaca.

La propuesta establece que el Ejecutivo Estatal a través de la Secretaría en la materia, impulsará políticas, programas y proyectos productivos en el medio rural que serán considerados prioritarios para el desarrollo y fomento al campo. 

Virginia Calvo por los derechos de la niñez

En esta misma Sesión, con el objetivo de salvaguardar la integridad física y mental de niñas, niños y adolescentes que se encuentran bajo un proceso de otorgamiento de patria potestad, la diputada del PRI, Virginia Calvo López propuso la adición de un segundo párrafo a la fracción II del artículo 459 del Código Civil para el Estado de Oaxaca. 

La propuesta del párrafo quedaría de la siguiente manera: La pérdida de la patria potestad soló se dará cuando la medida resulte necesaria, idónea y eficaz para la protección de los derechos de los menores de edad conforme a su interés superior, por lo que el juez podrá ponderar las circunstancias del caso, a efectos de establecer si la sanción es acorde con los intereses superiores de los menores de edad.

 

  • Editado por: Comunicación Social
  • Fecha: 2018-02-13